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Facultades y Atribuciones CEN
Secretario de Fomento Deportivo
Fuente: Estatutos Vigentes

ARTICULO 67o.- Obligaciones y atribuciones del Secretario de Fomento Deportivo:

I.             Programar el desarrollo de las actividades deportivas en todas sus ramas entre los trabajadores, actuando para ello en coordinación con los Comités Ejecutivos Seccionales.

II.            En representación del Sindicato intervendrá en la implantación, dirección, organización y difusión de los Juegos Nacionales, Deportivos y Culturales de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, asesorando a las Secciones Sindicales para su participación, procurando la oportuna asignación presupuestal que se requiera, dotación de uniformes  y enseres, transporte de participantes, elección de las canchas y campos deportivos, arbitrajes, etc., procurando su mayor lucimiento.

VII.         Gestionar ante la secretaría, el acondicionamiento de locales y campos deportivos,  así como facilidades y medios de transporte, para el mejor desarrollo de la actividad deportiva entre los trabajadores miembros de la Organización.

VIII.       Procurar, mediante los estudios respectivos que en los presupuestos, tanto el Comité Ejecutivo Nacional como de los Comités Ejecutivos de las Secciones, se incluyan partidas destinadas al auxilio de la actividad deportiva.

IX.          Llevar un control riguroso de los equipos deportivos compuestos por trabajadores miembros de la organización, clasificándolos por ramas.

X.            Las demás actividades que tengan relación con el aspecto deportivo y que redunden en beneficio de los trabajadores y sus familiares.

XI.          Formular un Informe semestral de su Gestión ante al Secretario General, para que este formule el Informe del Comité ante el Consejo Nacional Directivo y Congreso Nacional.

XII.         Acordar con el Secretario General, los asuntos de su competencia.

XIII.        Las demás actividades que le sean señaladas por el Secretario General o por quien lo represente.

III.          Evitará, en su caso, que se incluyan jugadores que no reúnan los requisitos que señalen los reglamentos.

IV.          Fomentar los deportes entre los trabajadores, organizando para tal efecto Comisiones Mixtas Deportivas en las que estén representadas las Autoridades de la Secretaría y el Sindicato.

V.           Gestionar conjuntamente con el Secretario General, que las Autoridades Superiores de la Secretaría, establezcan en forma permanente partidas suficientes destinadas al fomento deportivo entre los trabajadores miembros de la Organización.

VI.          Vigilar la correcta y oportuna administración de fondos para estas actividades, debiendo intervenir en auxilio de los Comités Ejecutivos Seccionales que en el aspecto deportivo se lo soliciten.

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