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INSTRUMENTOS DE CONTROL Y DE CONSULTA ARCHIVÍSTICOS

LEY GENERAL DE ARCHIVOS. Artículo 13. Los sujetos obligados deberán contar con los instrumentos de control y de consulta archivísticos conforme a sus atribuciones y funciones, manteniéndolos actualizados y disponibles; y contarán al menos con los siguientes:

I. Cuadro general de clasificación archivística; 

II. Catálogo de disposición documental, e 

III. Inventarios documentales. 

La estructura del cuadro general de clasificación archivística atenderá los niveles de fondo, sección y serie, sin que esto excluya la posibilidad de que existan niveles intermedios, los cuales, serán identificados mediante una clave alfanumérica.

 

Cuadro General de Clasificación Archivística (CGCA)

Instrumento técnico que refleja la estructura del archivo del Sindicato con base en sus atribuciones y funciones.

 

Catálogo de Disposición Documental (CADIDO)

Es un registro general y sistemático de las series documentales que genera el Sindicato Nacional de Trabajadores de la SEMARNAT y que establece sus valores, plazos de vigencia y conservación, reserva o confidencialidad, así como su destino final, consúltalos:

Inventarios Documentales

Herramienta archivística que describe la relación sistemática y detallada de las unidades documentales existentes en los archivos, siguiendo la organización de las series documentales.

Guía de Archivo Documental (antes guía simple)

Esquema general de descripción de las series documentales de los archivos del Sindicato Nacional de Trabajadores de la SEMARNAT. Contiene las características fundamentales conforme al cuadro de clasificación archivística y sus datos generales.

Programa Anual de Desarrollo Archivístico (PADA)

Define las prioridades institucionales en materia archivística integrando los recursos económicos, tecnológicos y operativos disponibles; de igual forma contiene programas de organización y capacitación en gestión documental y administración de archivos.

Informe Anual de Cumplimiento

De conformidad con los Articulo 23 y 26 de la Ley General de Archivos, los Sujetos Obligados que cuentan con un Sistema Interinstitucional de Archivos, deberán elaborar un programa anual y publicarlo en su portal electrónico en los primeros treinta días naturales del ejercicio fiscal correspondiente.

Vale de préstamo de expedientes del Archivo de Concentración

Documento administrativo, por medio del cual se señala por escrito haber recibido un expediente en calidad de préstamo.

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